viernes, 9 de agosto de 2013

Morosidad en el Conjunto Residencial.



Tocando el tema de la morosidad se cita y se coloca fragmentos de un artículo de prensa.

 “Uno de los mayores problemas que confrontan los condominios en Venezuela, independiente de su ubicación geográfica y nivel socioeconómico, es la morosidad sistemática, lo cual conlleva a que sobre una minoría, que paga puntualmente los gastos ordinarios así como las cuotas extraordinarias para obras de mayor envergadura, recaiga toda la responsabilidad del mantenimiento de los servicios básicos de agua, luz, gas, trabajador residencial, vigilancia (cuando hay), y el mantenimiento y conservación de las áreas comunes, por lo cual urge una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que ofrezca mecanismos o normas más severas para los propietarios morosos.

Nadie puede desconocer o violentar lo que está contemplado en el instrumento legal que establece que los gastos comunes del condominio son compartidos. Para disfrutar de todos los servicios y comodidades hay que cancelar puntualmente el condominio y en caso de presentarse alguna dificultad económica -nadie está exento de pasar por una experiencia de esta naturaleza- lo más lógico y razonable es exponer su caso a la Junta de Condominio y junto con la administración del inmueble buscar la vía más expedita para subsanar la deuda. Por otro lado, motivado a la elevada morosidad, algunas administradoras suelen utilizar el fondo de reserva para gastos ordinarios del condominio, lo cual es una práctica perniciosa, pues ante una situación de emergencia no se cuenta con los recursos para atenderla.

Si usted entra en mora deberá cancelar los intereses moratorios -los que se generan inmediatamente después del vencimiento del plazo de pago de una deuda. Estos intereses se generan cuando el deudor no cumple el plazo convenido con el acreedor para cancelar lo que debe. En el caso de los condominios, que son organizaciones sin fines de lucro que no producen, sino que todo el dinero que se recoge es para pagar distintos conceptos, el Código Civil establece el tres por ciento (3%) anual en intereses de mora, y el uno por ciento (1%) mensual. En caso de demanda por retraso en el pago de los gastos de la comunidad, al propietario moroso le corresponderá pagar los honorarios profesionales del abogado.

…Cualquier excusa es válida para no pagar el condominio: “Se está robando los reales”. “La Junta de Condominio y la Administradora no hacen nada”, “No hay luz en el estacionamiento”, “No pago porque fulana o fulano me cae mal”, etc., obviando que nada puede hacerse sin dinero y que para exigir derechos hay que cumplir con los deberes legalmente establecidos…

El incumplimiento del pago de las cuotas del condominio causa daños y perjuicios a todos porque va en detrimento de los inmuebles y proporcionalmente del valor de los apartamentos. La morosidad no beneficia a nadie.
 …El artículo 39 de la Ley de Propiedad Horizontal señala que “El propietario que reiteradamente no cumpla con sus obligaciones, además de ser responsables de los daños y perjuicios que cause a los demás, podrá ser demandado para que se le obligue a vender sus derechos, hasta en subasta pública. El ejercicio de esta acción, será resuelto en asamblea de propietarios que representen el setenta y cinco por ciento (75%) de la comunidad”.

… “el pago de las obligaciones puntualmente es una cuestión de conciencia, salvo contadas excepciones, como la pérdida de un empleo de forma repentina, gastos de salud imprevistos”. Así que -reitero- la idea es que junto con la Junta de Condominio y la administración se busque algún mecanismo para pagar el condominio.

Siempre los hay, pero no se puede dejar de cancelar las cuotas del condominio, pues si la deuda alcanza cifras exorbitantes, le será más difícil ponerse al día, aparte de la molestia que causa a los demás vecinos por el reiterado incumplimiento de sus obligaciones, pues ningún servicio es gratis y el fiado desapareció hace bastante tiempo. Reflexionemos sobre la importancia de tener un techo propio, lo que nos costó adquirirlo, y la responsabilidad de mantener y conservar las áreas comunes, más en estos tiempos de crisis económica donde el poseer una vivienda es un sueño inalcanzable para muchos venezolanos por los elevados precios. ….”


Articulo adicional




Es importante consultar regularmente que los pagos están debidamente registrados en las administradoras, hoy día esto es mucho más sencillo con el uso de las tecnologías de información y acceso a internet desde teléfonos inteligentes.


Administradoras presentes en el Conjunto.

Administradora Domus C.A.
http://www.admdomus.com/  http://mpagos.admdomus.com/ Teléfono Master: 0212-576.6531

Administradora Mirávila C.A.

1 comentario:

  1. Estoy de acuerdo con el cumplimiento oportuno de nuestro compromiso, más sugiero a las juntas de condominio que se esfuercen un poco más a fin de garantizar que los vecinos se encuentren informados acerca de las novedades del conjunto, ya que considero que existe mucha desinformación , ej (3 cuotas x planta de tratamiento en 1 mes), 2 cuotas x operador de barrera, así como aumentos importantes en vigilancia y administradora, hechos que deberían informarse y consultarse a fin de evitar malos entendidos y que prevalezca la armonía vecinal.

    ResponderEliminar